Bienvenido a Asisteo, el día de hoy vamos a hablar sobre los viáticos en nuestro blog
La L.I.S.R. (Ley de impuesto sobre la renta) toma como viáticos o gastos de viaje lo siguiente:
○Hospedaje
○Alimentación
○Transporte
○Uso o goce temporal de automóviles (siempre y cuándo se use durante el viaje)
De acuerdo a la ley son deducibles si cumplen con ciertos requisitos:
- Son deducibles cuando de apliquen fuera de un diámetro de 50 km.
- Los gastos aplican cuando sean relacionados con el trabajo, o la persona preste servicios fuera.
- Los gastos deben de tener un comprobante fiscal, cuando sean realizados dentro del país. Cuando sean gastos en el extranjero, estos tendrán un comprobante correspondiente.
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